¿Cámaras En El Trabajo? Descubre Los Límites En La Videovigilancia Laboral

La videovigilancia en el trabajo es una herramienta de control que las empresas pueden utilizar, pero siempre con límites claros para garantizar los derechos de los trabajadores. Un mal uso puede acarrear sanciones para las empresas y la nulidad de pruebas en litigios laborales y penales. Te damos algunas claves para entenderlo:

¿Cuándo es legal la videovigilancia en el trabajo?

La videovigilancia en el ámbito laboral es legal y está contemplada como medida de control empresarial hacia los trabajadores, siempre que:

1. Se informe previamente a los trabajadores de forma expresa, clara y concisa.

2. Se utilice únicamente para fines de control laboral, con una intervención mínima.

3. No vulnere la intimidad de los empleados.

4. Se atienda al principio de proporcionalidad.

📜 Artículo 89 LOPDGDD y Artículo 20.3 ET.

Lugares donde NO se pueden instalar cámaras de videovigilancia 🚫

Está expresamente prohibida la instalación y uso de cámaras de videovigilancia en zonas tales como vestuarios, aseos, comedores, zonas de descanso de los trabajadores, así como otras zonas de esparcimiento.

📜 El Tribunal Superior de Justicia de Canarias [STSJ 518/2021 ICAN 1624:2021] sancionó la videovigilancia en un comedor por vulnerar la intimidad de los empleados, reconociendo el derecho a indemnización por daños morales.

🔎 ¿Me pueden grabar sin avisarme?

En caso de detectar una infracción flagrante, el empresario podrá utilizar las imágenes sin un aviso previo específico, siempre que haya un cartel informativo visible sobre la existencia de la videovigilancia. Ello queda constatado a través de la reciente Sentencia del Tribunal Supremo (STS núm. 23/2025, de 14 de enero).

El Tribunal Constitucional, en su sentencia, STC 119/2022 [ECLI:ES:TC:2022:119] avaló la validez de grabaciones sin previo aviso cuando existían sospechas razonables de una infracción laboral.

¿Cuánto tiempo pueden guardarse las grabaciones? ⏳

Las imágenes obtenidas deben ser eliminadas en un plazo máximo de un mes, salvo que las mismas sean necesarias para una investigación o proceso judicial por la comisión de actos que atenten contra la integridad de personas, bienes o instalaciones. La LOPDGDD, en su artículo 22.3 establece que, en estos casos, deben ponerse a disposición de la autoridad competente en un plazo de 72 horas, desde que se tenga conocimiento de esas grabaciones.

🎥 ¿Son legales las cámaras ocultas?

Sólo son válidas en casos excepcionales, cuando existan sospechas fundadas de un ilícito y no haya otra alternativa menos invasiva para verificarlo, conforme al criterio de proporcionalidad establecido por el Tribunal Constitucional.

En la sentencia López Ribalda II del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) se validó la instalación de cámaras ocultas tras detectar irregularidades por parte de las dependientas en la caja de un supermercado.

Principio de Proporcionalidad ⚖️

El Tribunal Constitucional establece tres requisitos clave para la legalidad de la videovigilancia:

●        Idoneidad: Debe servir para vigilar la actividad laboral y detectar un posible incumplimiento.

●        Necesidad: No debe existir otra medida menos lesiva para el trabajador.

●        Proporcionalidad: Debe otorgar más beneficios a la empresa que perjuicios al trabajador.

El incumplimiento de estos principios puede llevar a que la prueba obtenida sea considerada ilícita y no válida en caso de despido disciplinario. Ejemplo de ello es la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña 573/2023 [STSJ CAT 7446:2023], donde se declaró improcedente el despido de una trabajadora por haber sido grabada en un obrador que también era utilizado como vestuario, declarándose inadmisible la prueba aportada por vulneración de los derechos fundamentales de la trabajadora.

En definitiva, la videovigilancia en el ámbito laboral es legal, pero debe respetar principios fundamentales como la proporcionalidad, la necesidad y la idoneidad, debiendo ser informado el trabajador de dicha medida, salvo contadas excepciones. Un uso indebido podría derivar en la nulidad de pruebas obtenidas y en sanciones para la empresa.

Conclusión

El control empresarial mediante videovigilancia es una herramienta válida cuando se usa correctamente, equilibrando la protección de los intereses de la empresa con los derechos de los trabajadores. La evolución de la jurisprudencia ha dejado claro que el derecho a la privacidad no es absoluto, pero tampoco puede ser vulnerado de manera arbitraria.

Empresas y empleados deben estar informados para evitar conflictos y garantizar la legalidad de su aplicación en todo momento.

Si tienes dudas sobre tu caso concreto, puedes concertar una cita con nosotros y te asesoraremos en el camino a seguir.

En Uncibay Abogados estamos contigo.

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