El futuro de tus seres queridos no se improvisa: pon tu herencia en orden

La importancia de la planificación sucesoria. Una madre se adelantó al conflicto: ¿y tú, has pensado en tu testamento?

¿Te has preguntado alguna vez qué sucedería con tus bienes cuando tú no estés? La historia de Hermenegildo e Isidro, dos hermanos que se enfrentaron tras el fallecimiento de su madre, demuestra la importancia de dejar todo atado y bien atado.

 

Si tú tampoco quieres que tus seres queridos pasen por un calvario legal, sigue leyendo: te explicaré cómo evitar problemas con una buena planificación de tu herencia.

 

Este es un caso real: Emilia tenía tres hijos, Hermenegildo, Isidro y Begoña y un patrimonio compuesto de una vivienda, un coche y algunos ahorros. Hasta aquí nada raro.

 

Sabemos que en todas las familias se cuecen habas, y la familia de Emilia no iba a ser menos. Su hijo Hermenegildo era un pieza, la oveja negra, el problemático. Nunca se había portado demasiado bien ni con ella ni con sus hermanos. Y aunque le doliera, Emilia sabía que cuando ella falleciera se la iba a liar al resto de sus hermanos.

 

Así que tomó cartas en el asunto y se asesoró adecuadamente. Fruto de ello dispuso un testamento conforme a sus deseos y circunstancias. En esencia disponía lo siguiente:

Primera.- Lega a su citado hijo D.  Hermenegildo la legítima estricta que por Ley le corresponda, imputando a la misma los derechos que por su carácter ganancial le correspondan sobre el vehículo Mercedes Benz, matrícula NUM001, y completada, en su caso, por efectivo metálico.

 Segunda.- Instituye por sus únicos y universales herederos, por partes iguales, a sus citados hijos D. Isidro y Dña. Begoña, sustituidos vulgarmente por sus respectivos descendientes

Finalmente le llegó la hora a Emilia. Y, tal y como ella se temía, se lio la marimorena.

Hermenegildo, apoyándose en una argumentación bastante rebuscada, intentó paralizar la partición de la herencia y, además, demandó a su hermano Isidro para desahuciarlo de la casa de su madre, donde se había ido a vivir.

 

Alegaba que era legatario de parte alícuota, no de cosa cierta, pues no se había hecho la partición y su legado estaba indeterminado. Según él eso le dotaba de todos los derechos para defender su legítima. Y por ello, consideraba que tenía legitimación para ejercitar la acción de desahucio contra un coheredero.


Y así dio comienzo a una travesía judicial en la que Hermenegildo siempre perdía pero seguía insistiendo, hasta llegar al Tribunal Supremo. La madre lo tenía bien calado, desde luego.

 

Y así llegamos a la Sentencia del Tribunal Supremo, de 21 de octubre de 2024 (STS 5076/2024 - ECLI:ES:TS:2024:5076). En ella se hace un buen análisis de la figura del legitimario de legítima estricta y la cualidad de legatario.

 

La legítima estricta puede ser atribuirla mediante legado o cualquier otro título inter vivos o mortis causa, siempre condicionado a la defensa de la intangibilidad cuantitativa de la legítima.

Que las prerrogativas y derechos que tiene el legatario son las mismas, independientemente que sea un legado de cosa cierta o de parte alícuota.

Recuerda, sobre las facultades del legatario que, conforme al art. 855 CC, “El legatario no puede ocupar por su propia autoridad la cosa legada, sino que debe pedir su entrega y posesión al heredero o al albacea, cuando éste se halle autorizado a darla”

También recuerda que los legados están subordinados al previo pago de las deudas del causante y al principio de intangibilidad de las legítimas.

La sentencia concluye que: “En todo caso, la imputación de la legítima estricta que hizo la testadora a un vehículo y a una compensación en metálico no confería al demandante ningún derecho sobre el piso respecto del que ejercita la acción de desahucio por precario.”

 

En definitiva, el Tribunal Supremo dejó claro que el hijo que solo recibe la legítima estricta mediante legado no puede arrogarse el derecho a la vivienda familiar sin haber sido designado heredero de la misma

 

Así que Hermenegildo volvió a perder una vez más. Isidro podría seguir viviendo tranquilo en la vivienda que fue de la madre (siempre que la otra hermana lo autorizara). Y los deseos de Emilia, la madre, pudieron hacerse efectivos finalmente.

 

Todo gracias a la previsión que tuvo de planificar su herencia y hacer un testamento adecuado a su situación. Imagina que hubiera pasado si Emilia no hubiera sido previsora.

 

Si de verdad quieres evitar problemas a tus seres queridos y asegurarte de que tu patrimonio se reparta de acuerdo con tus deseos, la mejor decisión es planificar tu herencia a tiempo.

 

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